Por qué es tan difícil regular las enseñanzas artísticas en españa
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Las enseñanzas artísticas (música, danza, artes plásticas, diseño, arte dramático, conservación y restauración de bienes culturales) se mantienen desde hace 30 años en un régimen separado
del resto de estudios superiores y profesionales en España. A comienzos de 2024 el Gobierno presentó una propuesta para la organización y equivalencia de sus titulaciones, que ha sido
aprobada este 23 de mayo. La nueva norma cuenta con el respaldo mayoritario sindical, así como de la Asociación Española de Enseñanzas Artísticas Superiores. Pero el propio Ministerio de
Universidades a través del Consejo de Universidades, la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) o la Conferencia de Decanos y Decanas de Bellas Artes se muestran
críticos y coinciden en sus reservas. ¿Cuáles son los cambios que introduciría esta nueva norma en los estudios profesionales y superiores de música en España, y por qué las universidades
muestran su desacuerdo? UNA LEY NECESARIA QUE BENEFICIA AL ESTUDIANTADO Cumpliendo con el compromiso de la actual ley educativa (LOMLOE), este nuevo proyecto de ley supone una serie de
mejoras sustanciales: * Los estudiantes de enseñanzas artísticas superiores podrán recibir una beca en las mismas condiciones que los universitarios, incluidas las tasas de matrícula. *
Democratiza el currículum al ampliar la participación del estudiantado en los órganos de gobierno y diseño tanto del plan de estudios como del proyecto de centro. * Se amplían las
posibilidades de movilidad y futura empleabilidad de los estudiantes en cualquier país miembro de la Unión Europea, ya que su titulación tendrá el mismo reconocimiento y la misma
homologación. * Se flexibiliza el procedimiento de acceso, pues bajo circunstancias excepcionales podrán acceder sin la titulación de Bachillerato quienes manifiesten una competencia o
precocidad extraordinaria. Del mismo modo, podrán readaptarse quienes, sin la titulación académica referida, acrediten una experiencia laboral o profesional. * Se incrementa la autonomía y
gobernanza de los centros en el diseño e implementación de su oferta formativa. Estos podrán asociarse y crear “Campus de las Artes”. * Se introduce también la modalidad dual, por lo que los
estudiantes podrán realizar parte de su formación en prácticas con empresas e instituciones, cotizando en la Seguridad Social. * Propicia, al menos jurídicamente, la posibilidad del
profesorado de desarrollar actividades de investigación y creación artística mediante la concesión de licencias sin merma en las retribuciones. Por todas estas razones, la propuesta cuenta
con el respaldo de las principales asociaciones del ámbito artístico, sindicatos, comunidades autónomas, docentes (un total de 14 000), centros, y de los propios alumnos. Un sector, en
definitiva, que supone el 3,3 % del PIB del país. Dos son, sin embargo, los problemas que el Ministerio de Universidades, la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) y
la Conferencia de Decanos y Decanas de Bellas Artes aprecian: que conservatorios superiores y escuelas de arte puedan a partir de ahora otorgar títulos de grado y máster, y la cualificación
del profesorado. ¿POR QUÉ NO SON FACULTADES UNIVERSITARIAS LOS CONSERVATORIOS? Desde la Ley Moyano (1857), la Música y las Bellas Artes se contemplaron como enseñanzas superiores, al igual
que las ingenierías. Con el tiempo, las ingenierías se integraron en la universidad. Pero no fue hasta la Ley General de Educación de 1970 cuando se estableció que “las escuelas superiores
de Bellas Artes, los conservatorios de Música y las escuelas de Arte Dramático se incorporarán a la educación universitaria”. Fue así como las escuelas superiores de artes se transformaron
en facultades de Bellas Artes entre 1978 y 1979. Sin embargo, el entonces director de Conservatorio Superior de Madrid, José Moreno Bascuñana, renunció en 1977 a participar en este proceso
con la famosa frase atribuida “más vale ser cabeza de ratón que cola de león”. Este autoconfinamiento ha sido perjudicial al alejar a los conservatorios superiores de las dinámicas
universitarias. Solo la Musicología y la Educación Musical de los maestros de Educación Primaria se imparte en las universidades. Esta bicefalia ha sido resuelta en países como Estados
Unidos, donde sus conservatorios son, desde siempre, facultades universitarias, como Berklee; o en Austria, tal y como sucede con su Conservatorio Superior, la MDW, _University of Music and
Performing Arts Vienna_. PRIMER PROBLEMA: EL RECONOCIMIENTO DEL TÍTULO SUPERIOR COMO GRADO UNIVERSITARIO Para no perjudicar a los estudiantes, la LOGSE (1990) ya establecía que el título
superior de Música en todas sus especialidades (es decir, el que se obtiene en los conservatorios) sería “equivalente a todos los efectos al título de licenciado universitario”. La LOE
(2006) se pronunciaba en el mismo sentido al indicar que el título superior de Música o de Danza sería considerado “equivalente, a todos los efectos, al título universitario de grado”.
Finalmente, la actual LOMLOE (2020) ratifica esta homologación que ya tiene más de 30 años, y establece que “el alumnado que haya superado los estudios superiores de Música o de Danza
obtendrá el Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Música o Danza en la especialidad que corresponda, que será equivalente, a todos los efectos, al título universitario de
Grado”. Los títulos superiores de Música (con su especialidad correspondiente de Piano, Composición, etc.) que se obtienen en los conservatorios superiores (de titularidad pública) y centros
superiores (de titularidad privada) son, por lo tanto, equivalentes a los grados que se obtienen en la universidad (en Musicología y Educación Musical). La realidad, pues, es que los
conservatorios y centros superiores ya imparten titulaciones de grado, y también másteres verificados por ANECA (la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación académica),
capaces de procurar conocimientos altamente especializados que permitan acceder a un doctorado. Dicho doctorado, eso sí, solo se puede obtener, según el Proyecto de Ley, dentro de la
universidad. Pero la Universidad tiene serias dudas –especialmente en el caso de las escuelas de artes– de que los recursos materiales (bibliográficos y de investigación) y humanos de que
disponen las enseñanzas artísticas superiores satisfagan las mismas exigencias que se piden a los grados y másteres propiamente universitarios. SEGUNDO PROBLEMA: LA FORMACIÓN DEL PROFESORADO
El nuevo Proyecto de Ley reorganiza las figuras del profesorado en las enseñanzas artísticas: propone así que la docencia en los conservatorios profesionales sea impartida por profesores y
catedráticos –a estos últimos se les exige un máster– y que las enseñanzas superiores en conservatorios superiores y centros superiores de música las impartan profesores y catedráticos
–estos últimos obligatoriamente doctores–, con un mayor nivel tanto retributivo como en la función pública. Actualmente los catedráticos de Música y Artes Escénicas tienen un nivel y
regulación análoga al de sus homónimos de educación secundaria, pero no a los universitarios. Y muchos catedráticos de conservatorios superiores no son doctores: la ley dispondrá de una
moratoria para que puedan adaptarse o bien quedarán en sus puestos de trabajo como figuras a extinguir. INVESTIGAR Y PUBLICAR DESDE UN CONSERVATORIO La preocupación de las universidades
reside en la distinta carrera profesional del profesorado universitario y del profesorado de enseñanzas artísticas superiores. El segundo no ha tenido que cumplir hasta ahora los requisitos
científicos, de transferencia y gestión que la ANECA exige a las plantillas universitarias. Para desarrollar una carrera profesional similar a la de los docentes universitarios tendrían que
hacer cosas que la propia legislación dificulta: publicar libros y artículos, participar en congresos internacionales, realizar estancias de investigación, etc… Aquellos docentes de
conservatorios o centros superiores que lo han hecho ha sido siempre gracias a una enorme vocación y sacrificio personal, sin recursos ni retribución económica o profesional por ello. ¿Qué
ayudaría a transformar esta situación? Entre otras muchas cosas, una menor carga docente para posibilitar la investigación; una mayor inversión en recursos materiales (bibliográficos,
laboratorios, etc…) y humanos; o una evaluación periódica de resultados. En definitiva, una inmersión en el sistema de la ciencia. Todo ello ayudaría a equilibrar esta desigual relación
entre los profesores de enseñanzas artísticas superiores y los universitarios, ambos docentes en titulaciones homólogas o “equivalentes”. ¿Y a qué precio? Al de un profundo cambio de
mentalidad y un elevado esfuerzo personal por parte de los docentes y, sin duda, con un extraordinario coste económico por parte de la administración. EL CAPÍTULO PRESUPUESTARIO En
conclusión: este _Proyecto de Ley_ viene a cubrir un vacío largamente prolongado, en muchos aspectos felizmente. Sin embargo, títulos equivalentes –grados y másteres impartidos en los
centros y conservatorios superiores– deben reunir las garantías y calidad similares en medios materiales y humanos a los universitarios a través de un profundo esfuerzo económico, hecho que
no parece garantizar un Proyecto de Ley sin definición presupuestaria. No debe extrañarnos, pues, la desconfianza y preocupación de universidades y rectores, que asisten sin participar a
esta transformación del espacio docente de su competencia cuando son buenos conocedores de cómo el gasto en educación superior de nuestras administraciones estatales y regionales es un 20,7
% inferior al promedio de la OCDE. La nueva norma se arriesga a cerrar en falso un problema extraordinariamente complejo si no es capaz de conciliar a ambas partes. Se necesita, todavía, un
profundo diálogo, un cambio de mentalidad entre sus actores y una decidida inversión económica.
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