La abogacía del estado pide al supremo que junqueras salga de prisión para tomar posesión como eurodiputado
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La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que PERMITA EL DESPLAZAMIENTO DEL LÍDER DE ERC, ORIOL JUNQUERAS, TANTO A LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL COMO AL PARLAMENTO EUROPEO para
cumplir con los trámites como eurodiputado, tal y como dictaminó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el exvicepresidente catalán, condenado a 13 años de prisión en la
sentencia del 'procés', QUE "EN MODO ALGUNO" procede anular, como solicita su defensa. En su informe, según un comunicado al que ha tenido acceso RTVE.es, la Abogacía del
Estado solicita a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que haga posible que Junqueras pueda ejercer como eurodiputado mientras mantenga su estatus, y al mismo tiempo INSTA A LOS
MAGISTRADOS A TRAMITAR "A LA MAYOR BREVEDAD" LA SUSPENSIÓN DE SU INMUNIDAD COMO EURODIPUTADO. La Abogacía del Estado solicita que se permita a Junqueras ejercer como eurodiputado
"Cabría permitir" su desplazamiento con las "MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO MÁS ADECUADAS" PARA GARANTIZAR SU FUNCIÓN COMO REPRESENTANTE, según señala el informe que firma la
abogada del Estado Rosa María Seoane. Para ello, la Abogacía del Estado sugiere que el Supremo consulte esas medidas con la Eurocámara para garantizar que "la libertad de
movimientos" que implique esa inmunidad, "no pueda dar lugar a la fuga del penado y a la correspondiente frustración del derecho fundamental al cumplimiento de las
sentencias". "EN MODO ALGUNO" PROCEDE ANULAR LA SENTENCIA DEL 'PROCÉS' Las mismas medidas de aseguramiento pide la Abogacía del Estado que se adopten para el
cumplimiento de la SENTENCIA DEL 'PROCÉS' DEL PASADO 14 DE OCTUBRE, A LA QUE OTORGA TOTAL VALIDEZ por haberse dictado "con estricta observancia de las normas esenciales del
procedimiento penal". LA SENTENCIA DEL "PROCÉS" DEL TRIBUNAL SUPREMO ES "PLENAMENTE VÁLIDA" y "en modo alguno" procede su anulación, como solicitó la
defensa de Junqueras que ejerce el letrado Andreu Van den Eynde, según los servicios jurídicos del Estado. En su escrito remitido al Supremo, la Abogacía del Estado considera que la
inmunidad de la que debió haber gozado Junqueras entre el 13 de junio, cuando fue proclamado eurodiputado electo, y el 14 de octubre, fecha de la sentencia del 'procés', NO
IMPLICABA LA NECESIDAD DE SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO PENAL ni que se dictara sentencia. PIDE AL SUPREMO QUE SE GARANTICE SU MISIÓN PARLAMENTARIA Sobre la inmunidad de Junqueras, LOS LETRADOS
DEL ESTADO CONCLUYEN QUE EL EXVICEPRESIDENTE CATALÁN SIGUE GOZANDO DE INMUNIDAD COMO EURODIPUTADO, porque la Junta Electoral Central todavía no se ha pronunciado sobre la incompatibilidad
de su condena con su condición de parlamentario europeo electo. ES EL SUPREMO QUIEN DEBE DECIDIR AHORA LA FORMA EN QUE SE HACE POSIBLE QUE JUNQUERAS DESEMPEÑA SU MISIÓN COMO EURODIPUTADO,
según la Abogacía, que en su escrito explica cómo esa misión no se limita al desplazamiento hasta la Eurocámara, sino que implica "el desempeño de su función representativa en tanto
mantenga su estatus parlamentario" y recuerda que así se recoge en el artículo 343 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que invoca el TJUE en su sentencia. La sentencia de
Luxemburgo sobre la inmunidad de Junqueras es "novedosa y compleja", según el escrito de la Abogacía, y permite concluir que LA ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO SE HA ACOMODADO A LA
JURISPRUDENCIA EUROPEA HASTA ESTE MOMENTO. RESPALDA EL PLANTEAMIENTO DEL SUPREMO El Tribunal Supremo denegó la petición de Junqueras de salir de prisión el pasado 17 de junio para completar
ante la Junta Electoral Central los trámites tras su elección como eurodiputado AL CONSIDERAR QUE PONDRÍA EN "IRREVERSIBLE PELIGRO" LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO PENAL AL SALIR DEL
TERRITORIO ESPAÑOL, PERO EN CAMBIO LE permitió acudir al Congreso junto a otros tres diputados que se encontraban en prisión provisional por la misma causa.. Los servicios jurídicos del
Estado consideran ahora, según su escrito, que la justicia europea responde con su sentencia a la cuestión prejudicial planteada por el Supremo, que en varias resoluciones admitió que
Junqueras podría seguir ostentando algún tipo de inmunidad si así se lo reconocía el TJUE y que aceptó, en un escrito remitido a Luxemburgo el pasado 14 de octubre, la eficacia de la
resolución del tribunal europeo aunque el exvicepresidente catalán hubiera pasado de la condición de preso preventivo a la de penado. Por eso, del estudio de la sentencia de Luxemburgo se
desprende, según la Abogacía del Estado, que el planteamiento del Tribunal Supremo sobre la inmunidad de Junqueras, SUPUSO "UN ACERTADO EJERCICIO" DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL PARA
GARANTIZAR UNA INTERPRETACIÓN UNIFORME del derecho de la Unión". El Consejo Directivo de la Asociación de Abogados del Estado emitió este domingo un comunicado en el que rechazaba
cualquier intento de "injerencia o presión" para "desvirtuar o condicionar" el ejercicio de sus funciones, en respuestas a las últimas informaciones publicadas, por la
influencia que puede tener su informe en el resultado de las negociaciones entre el PSOE y ERC para la investidura de Pedro Sánchez.
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