«nunca he querido hacerle daño a susi. Quería quitarme de delante» | el comercio: diario de asturias
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Jueves, 11 de enero 2018, 19:10 | Actualizado 20:32h. «A Susi la conozco desde hace mucho. Toda la vida juntos. Hemos estado los mejores años juntos. Hemos tenido dificultades, como todos,
pero nunca le he hecho daño, nunca he querido hacérselo. Pasaba una mala situación y quería quitarme de delante. Pido perdón a la familia». Con estas palabras, que no han caído nada bien en
los hermanos y cuñadas de Ascensión Amores ha terminado hoy el juicio contra Julio Pardo que durante cuatro días ha tenido lugar en la Audiencia Provincial. El confitero avilesino
propietario de La Duquesita se enfrenta a 25 años de cárcel por matar a su mujer acusado de un delito de asesinato que su defensa trata de rebajar a homicidio. Hoy, en la última jornada de
conclusiones, todas las partes se han reafirmado en las posturas iniciales y que, en esencia, son: que el crimen de Ascensión Amores fue un asesinato porque concurrieron alevosía y
ensañamiento, además de los agravantes de parentesco y de desprecio de género, según las acusaciones. El abogado del acusado defendió que se trata de un homicidio ocurrido por un trastorno
mixto de la personalidad, diagnosticado después de los hechos por dos reputados psiquiatras, Julio Bobes y María Paz García-Portilla. En una intervención muy didactica que se extendió a lo
largo de hora y media, la fiscal Verónica Pérez pidió de nuevo al jurado que usase el sentido común para valorar las pruebas vistas estos días en la sala. De la explicación jurídica se
encargó ella. Aseguró que ha quedado probado que Julio Pardo asesinó a su mujer y en esta muerte concurren los agravantes antes citados. Reprochó no haber escuchado al acusado reconocer esta
muerte porque «lo que hace es justificarse. En ese camino de justificaciones incurre en muchas contradicciones que hacen más débil su testimonio» y señaló tanto la supuesta «desastrosa
situación económica» en la que se encontraba la pareja como las malas relaciones entre su mujer y los padres de él. En primer lugar, pidió «que no se nos pinte situación de indigencia porque
no lo es». Como posteriormente insistieron las acusaciones particular, ejercida por María Martín, y la popular de Abogadas para la Igualdad, por María Pérez, fue la propia madre del acusado
la que aseguró que no tenían gastos porque no pagaban ni arrendamiento por el negocio ni hipoteca, no tenían empleados ni tampoco hijos. Tenían dos vehículos (un Audi 3 y un Renault Clio),
habían proyectado un viaje a Santo Domingo y salían habitualmente a cenar fuera, reflejaron. Además, las supuestas deudas y la bancarrota que alegaba el escrito de la defensa no fueron
demostradas por la defensa «tal como es su obligación», incidió Martín. Respecto a las malas relaciones familiares entre Amores y su familia política, la fiscal llamó la atención sobre la
falta de coincidencia entre los dos años sin relaciones que señala la defensa y los incidentes relatados por la madre de Julio Pardo en la sala, que situarían la ruptura total diez meses
antes. Explicó la alevosía (cuando una persona comete un delito de tal forma que se asegura el resultado y elimina la posibilidad de defensa de la víctima) porque «Ascensión no se pudo
defender de manera efectiva y eficaz» al estar durmiendo y en la cama cuando su marido comenzó a agredirla y, segundo lugar, «por el estado que presentaba». A Ascensión se le tomaron
muestras del contenido de su estómago «y no se encontró ron-cola», tal como él había dicho. «Otro dato más de que su testimonio hace aguas por todos los lados». Sí encontraron restos de un
tranquilizante. «¿Qué tipo de defensa podía hacer si dormida y bajo los efectos de un lexatín?», se preguntó. «Bajo mi humilde experiencia, ataque más sorpresivo que este no lo hay. Este
caso podría explicar la alevosía en una clase de Derecho Penal», añadió. El ensañamiento (cuando una persona mata a otra causándole para ello males y sufrimiento innecesarios) se produjo
«al elegir una forma de matar especialmente cruel y dolorosa», lo que apoyó en las pruebas forenses y la inspección ocular. Detalló los numerosos golpes que recibió al haber elegido el
acusado una herramienta poco pesada para golpearla, los dos hundimientos en el cráneo que la mujer presentaba, la sangre que manchaba toda la habitación y los gritos y sollozos que, durante
un intervalo de entre diez y quince minutos, escuchó el vecino del piso inferior. «Esa mujer sufrió y sufrió mucho. No lo digo solo por las heridas físicas, piensen también en el psíquico.
Estaba siendo golpeada por su marido y sabía que iba a morir», añadió. Sobre el agravante de parentesco valoró que es más «reprobable matar a la esposa que a un extraño por los lazos» y se
pregunto «qué catadura tiene quién es capaz de matar a la persona» con la que comparte su vida. El agravante de desprecio de género lo aprecia en el control, dominio y aislamiento al que se
habría visto sometida la víctima, según apreció del testimonio de los hermanos de Susi y de los testigos llamados por la defensa. «Me ha llamado profundamente la atención que la describían
como afable y sonriente, pero no tenía amigos propios, eran de la pareja», anotó al respecto. Llamó la atencion sobre el hecho de que el acusado solo respondiera a su abogado y sobre su
«memoria selectiva» que no le permite recordar que mató a su mujer, pero sí «sabe decirles qué bebió y cuándo». Uno de los hechos sobre los que se puso la lupa en el juicio, el momento de
la ingesta del alcohol y las pastillas, lo sitúa la fiscal entre las 2 y las 8 de la mañana del propio día 27, según recogen las actuaciones que le dijo el propio acusado a los sanitarios.
Además, si el consumo se hubiera producido 36 horas antes de haber sido encontrado, esas sustancias ya se habrían absorbido. A eso añadió las huellas de sangre que se encontraron en una de
las botellas. Comentó la «casualidad» de que los hechos hubieran ocurrido la madrugada 26, en coincidencia con el martes de descanso semanal, contando «con un día más para que saltara la
alarma». Asimismo, puso en entredicho el informe de los psiquiatras y no se resistió a comentar en voz alta una respuesta de Julio Bobes que causó un murmullo en la sala cuando la pronunció.
Fue, en concreto, una de las dos veces que se insistió sobre los posibles motivos para que en 46 no se manifieste el trastorno mixto de la personalidad que, según ellos, sufre Julio Pardo.
Bobes había respondido que «unos tienen más suerte que otros». María Martín, abogada de la familia, manifestó que «que la acusación no ha podido llamar a alguna amiga para declarar porque
no existen», síntoma de que «no era libre». Refrendó esta formulación con el testimonio de su hermano Pedro. Y, tal como señalaría posteriomente María Pérez, la separación que tenía en mente
y que habría compartido con una tía de Pardo «es el momento de mayor riesgo de una víctima de violencia de género porque el maltratador sabe que va a perderla» y a ninguna de estas dos
letradas le cabe ninguna duda de Amores lo era. Se sumó al rechazo del móvil económico como posible explicación del crimen por no haber quedado acreditados e insistió en los componentes de
alevosía y ensañamiento. Respecto a cómo se encontraba el acusado en el momento de cometer los hechos señaló que es obligación de la defensa «probar que actuaba bajo la acción del alcohol y
las pastillas». Martín indicó que las mayores ingestas fueron después del crimen, pero no consideró determinantes las marcas de sangre en una botella para determinarlo. «La sangre mancha
durante un tiempo, solo cuando está húmeda y la sangre seca no mancha», de ahí que no quedaran marcas en las cajas de medicamentos y en otras botellas. «En algún momento se limpió,
posiblemente al pantalón de pijama cuando metió las manos en los bolsillos porque tenía sangres seca», añadió. Y, al igual que la fiscal, hizo ver la incompatibilidad entre «la brutalidad de
las agresiones» y la certeza y los efectos secundarias de la ingesta de ansiolíticos y antidepresivos. Para la abogada, el trastorno es un «cajón desastre que vale para todo» y llamó la
atención sobre una supuesta impulsividad de Julio Pardo que solo vieron los psiquiatras y no los forenses y que, en cualquier caso, no casaría con el hombre reservado y callado que
definieron algunos testigos. Sobre este particular, el Abogado del Estado quiso precisar al jurado que «el valor de un informe no recae en prestigio de quién lo firma, sino en la
concatenación lógica por la que esos técnicos llegan a conclusiones desde unas premisas y fundamentación». «No tengan recelo por quién firma el informe», les animó. María Pérez, de Abogadas
por la Igualdad, puso el acento en el componente de «silencio» de la violencia de género, quitando así valor a los clientes de la pareja que nunca habían presenciado una riña entre ambos.
«Esto es muy frecuente y los únicos que saben la realidad son los componentes de esta pareja porque la violencia de género es silenciosa». Por último, su defensa, a cargo de Félix Guisasola,
recordó al jurado que las dudas en una prueba siempre deben resolverse a favor del acusado. Reconoció que Julio Pardo mató a Ascensión Amores «pero no porque él lo sepa «ya que la amnesia,
según se testificó ayer, es un efecto secundario de la ingesta masiva de alcohol». Guisasola echó de menos en estos tres días «el móvil y el porqué». «Nos falta algo consistente. No hubo
pelea previa o maltrato. No hay prueba sólida», recalcó. Defendió la honorabilidad de los psiquiatras que firmaron el informe sobre su cliente que acreditarían lo que «ya apuntaban los
forenses: una personalidad disocial», propia de un trastorno de personalidad que, en este caso, presenta «una circunstancia especial: la impulsividad». Esta «provoca que, en situaciones de
estrés o ingesta de alcohol o barbitúricos, no controle su voluntad». «No le gusta a las acusaciones, pero es así. Es un enfermo. Esos rasgos se venían manifestando, pero como no se trataba
porque no había sido diagnosticado. Era raro, hablaba poco, estaba apartado», argumentó. «Parece que no gusta porque queremos un criminal y no un enfermo y tenemos un enfermo y no un
criminal», remató. Rechazó, asimismo, que el crimen respondiera a una cuestión de género. En su opinión, no está acreditado y ridiculizó los «rumores de portal» recuperados por la acusación
particular en sus conclusiones. Asimismo, el de una tía que «tiene una enemistad manifiesta con su hermana». Guisasola cree que los dos estaban alejados de la gente, no solo ella y que el
maltrato es solo una hipótesis. Sobre el martes, día de descanso de la pareja y que ella dedicaba a él, «a cualquiera se le puede ocurrir que lo querían para disfrutar». Rechazó la alevosía
porque no considera probado que Ascensión estuviera acostada, hipótesis sobre la que se basa la policía, ya que el vecino de abajó oyó primero un grito y «después dice que va escuchando
cómo se mueven por las habitaciones hasta que llegan al dormitorio. Es muy posible que ella se hubiera levantado y estuvieran en otro sitio. Pudo ser, pero pudo no ser de manera sorpresiva».
Además, no hubo premeditación, habría sido un «chispazo», propio de esa impulsividad detectada al acusado y que también explicaría la falta de ensañamiento El letrado sí cree posible que su
cliente actuara bajo los efectos del alcohol durante la primera hora y media de su ingesta hay un efecto de euforia que había sido reconocido por los psiquiatras el día anterior. Después
llegaría la depresión. Otra prueba de la falta alevosía para Guisasola es que «el crimen se produce de manera chapucera, con una llave de pequeñas dimensiones». Las manchas de sangre en la
botella no explicarían demasiado porque «pudo estar bebiendo durante toda la noche y luego volver a beber». Por todo ello, su defensa pide desde su libre absolución, en el caso de que el
jurado comparta que actuaba totalmente privado de su voluntad y entedimiento, hasta diez años de cárcel, en el supuesto de que solo aprecien un atenuante simple. El jurado comenzará a
deliberar el lunes. Reporta un error
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