El juicio de la pieza ere del restaurante río grande de sevilla se celebrará el 12 de junio
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30/05/2025 a las 14:44h. La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla tiene fijado para el 12 de junio, la nueva fecha para el comienzo del juicio sobre el expediente de regulación de
empleo (ERE) promovido por la empresa Río Grande, gestora del conocido restaurante de la calle Betis de la capital andaluza, con cargo a los FONDOS AUTONÓMICOS DEL MECANISMO DE FINANCIACIÓN
DE LOS ERE fraudulentos y las ayudas arbitrarias. Este juicio estaba INICIALMENTE PREVISTO PARA COMIENZOS DE MARZO, pero entonces fue suspendido por petición del abogado defensor del
exsindicalista de UGT Juan Lanzas, uno de los principales acusados, alegando que había sido designado para representar a Lanzas el 21 de febrero y que necesitaba un «margen razonable» de
tiempo para estudiar bien la causa; extremo al que accedieron la mayoría de las partes, incluyendo la Fiscalía. En un escrito de fecha 13 de mayo de 2021 recogido por Europa Press, la
Fiscalía Especial contra la Corrupción solicitaba al Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla la apertura de juicio oral contra eL EXSINDICALISTA DE UGT JUAN LANZAS; SU PAREJA BEATRIZ
N.M.; LA DUEÑA DE LA ENTIDAD RÍO GRANDE, MARÍA DEL CARMEN GARCÍA SÁNCHEZ; el exdirectivo de la consultora Vitalia Antonio Albarracín; el que fuera comercial de dicha entidad Francisco
González; otro responsable más de Vitalia, Jesús Bordallo, posteriormente excluido de la causa; Eduardo L.D.R. por la entidad Atrado Mensajería; Carlos L.B. por un bufete de abogados y
finalmente Carmen Fontela, quien figuraba en el ERE promovido por el restaurante Río Grande en 2005 pese que no formaba parte de la plantilla. En ese sentido, PARA LANZAS RECLAMABA SIETE
AÑOS DE PRISIÓN y 18 de inhabilitación absoluta, para Beatriz N.M. seis años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta, para la dueña del restaurante siete años de cárcel y 18 de
inhabilitación absoluta, para Albarracín también siete años de cárcel y 18 de inhabilitación absoluta, para Francisco González igualmente siete años de prisión y 18 de inhabilitación
absoluta, para Eduardo L.D.R. seis años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta, para Carlos L.B. siete años de cárcel y 18 de inhabilitación absoluta y para Carmen Fontela cuatro años y
medio de prisión y 18 años de inhabilitación absoluta. DEVOLVER EL DINERO A LA JUNTA Todo ello, por un presunto delito de PREVARICACIÓN EN CONCURSO MEDIAL CON UN POSIBLE DELITO DE
MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS, extremo por el cual la Fiscalía Especial contra la Corrupción solicita que todos los acusados salvo Carmen Fontela y junto a las entidades asociadas a los
mismos, restituyan a la Junta de Andalucía «1.531.299,51 euros por los daños y perjuicios causados, con los intereses legales de demora». Respecto a Carmen Fontela, en paralelo, el
Ministerio Público reclama que responda como responsable civil «solidaria de los anteriores» por importe de 155.427,74 euros. Igualmente, la Fiscalía pedía el «comiso» de la cantidad de
93.090,17 euros a Lanzas y de 26.054,56 euros a Carlos L.B. «como ganancias derivadas del hecho delictivo». En su auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado, el
juez José Ignacio Vilaplana abordaba «la presunta ILICITUD DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS POR LA CONSEJERÍA DE EMPLEO A LA ENTIDAD RÍO GRANDE sin sujeción al procedimiento legalmente establecido«,
añadiendo que, »de manera ilícita y fraudulenta, se concede una subvención a dicha empresa para satisfacer el pago de las indemnizaciones por despido de sus trabajadores afectados por el
ERE de 2005 mediante la financiación de un seguro de rentas vitalicio«. Todo ello, según el juez, cuando la empresa «obtuvo unos beneficios de 1.250.594 euros en 2004 y de 21.480 euros en
2005». Al hilo, el magistrado concreta que la administradora única de la mercantil desde el 30 de enero de 1996, la investigada María del Carmen García, tuvo conocimiento de que la Junta, a
través de la Dirección General de Trabajo y «al margen de los procedimientos establecidos, podía OTORGARLE FONDOS PÚBLICOS PARA OBTENER LIQUIDEZ INMEDIATA«, de forma que »consiguió que el
titular de la Dirección General de Trabajo (el ya fallecido Francisco Javier Guerrero) beneficiara a su empresa con 1.531.300 euros«, subvención que »no consta formalmente entre las ayudas
concedidas y facilitadas por la Junta, toda vez que se utilizó el sistema irregular de 'pagos cruzados' para el abono de primas de seguro, de modo que dichos pagos -con fondos
inicialmente destinados a verificar otros pagos- no quedan reflejados en la contabilidad de la agencia IFA-IDEA«. BENEFICIOS EN LA EMPRESA DE LANZAS Para ello, según el juez, María del
Carmen García Sánchez se habría valido de la «intervención» de Juan Lanzas por el papel de este en UGT y «como asesor del despacho de abogados Estudios Jurídicos Villasís, así como sus
colaboraciones como intermediario en la consultora Vitalia», pues este investigado «FOMENTÓ ACTIVAMENTE LA CONCESIÓN Y PAGO, A SABIENDAS DE SU ILICITUD, de las ayudas, realizando gestiones
con los responsables de la Consejería de Empleo«, en concreto con el ya fallecido director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero. En todo ello, la empresa Atrado, propiedad de Lanzas,
era «utilizada tanto para facturar como para recibir parte de los fondos públicos que le correspondían conforme a lo acordado con los responsables de Vitalia, como para generar saldos
disponibles en efectivo entregados a otras personas», «al objeto de CANALIZAR Y ENCUBRIR LAS GRATIFICACIONES y remuneraciones derivadas de esta irregular intermediación«, apartado del asunto
que abarca a los investigados Eduardo L.D.R. y Beatriz N.M., esta última pareja sentimental de Lanzas. El ya mencionado despacho de abogados, según el juez instructor, habría «ASESORADO A
LA EMPRESA EN LA NEGOCIACIÓN Y ARTICULACIÓN DEL ERE Y EN LA CONCESIÓN ILÍCITA DE LAS AYUDAS«, de ahí la investigación del socio de dicha entidad Carlos L.B. En el caso de Vitalia, los
enjuiciados son su exdirectivo Antonio Albarracín y el excomercial Francisco González, encargándose esta consultora de la »gestión y tramitación de las pólizas« del ERE, incluyendo en las
mismas a la investigada Carmen Fontela pese a que la misma nunca había trabajado para Río Grande. Fruto de este ERE incentivado con fondos autonómicos, Fontela habría cobrado 155.605 euros,
«cooperando así junto con María del Carmen García en el lucro personal de Francisco González y Juan Lanzas, pues salvo 1.750 euros» de los que «dispuso» para sí misma esta «INTRUSA« EN EL
ERE, «el resto de las prestaciones ingresadas en cuenta habrían sido repartidas entre los referidos investigados». El ERE del restaurante Río Grande incluía además a una «trabajadora
contratada tan sólo tres meses antes de cumplir 65 años, habiendo alcanzado dicha edad con anterioridad a las fechas de solicitud de autorización y de aprobación del ERE». Respecto al citado
ERE, DESTINADO A LA EXTINCIÓN DE 12 DE LOS 33 PUESTOS DE EMPLEO alegando Río Grande causas organizativas, el juez instructor indica que el mismo fue autorizado por la Delegación Provincial
de la Consejería de Empleo «sin que conste el correspondiente informe del Servicio Público de Empleo Estatal». En este punto, el juez explica que, «en virtud de la correspondiente ayuda
comprometida por la DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, el coste aceptado por la empresa de las indemnizaciones por rescisión de contratos, que alcanza una media por trabajador de 140.693,29
euros, es asumido en su práctica totalidad (90,7%) por la Junta, aún cuando el ERE no se vincula a causas económicas ya que no consta estudio alguno que permita deducir o que fundamente la
ausencia de capacidad económica de Río Grande para hacer frente a las obligaciones asumidas por la Administración autonómica«. Reportar un error
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